Home

La Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre modifica la OM de 27 de diciembre de 1994 para dar cumplimiento a lo previsto en en el artículo 104.2 del TR  Ley  General de Seguridad Social en lo que se refiere al modelo de recibo individual de salarios.

Hasta ahora, en los mencionados recibos de salarios cosntaban únicamente la base de cotización y el tipo de retención correspondiente a la aportación de la persona trabajadora, pero no la determinación de la aportación empresarial.

Con el nuevo modelode recibo individual, se indican también la parte de las cotizaciones  y conceptos de recaudación conjunta correspondientes a la empresa.

Se introduce tembién, dentro de los conceptos salariales, la referencia explícita a las horas complemetarias de los contratos a tiempo parcial, que tal como señala el artículo 12.5.j  del Estatuto de los Trabajadores, su número e importe se deberán recoger en el recibo individual de salarios y en los documentos de cotización de la Seguridad Social.

La adaptación al nuevo modelo de recibo individual justificativo del pago de salarios deberá realizarse en  el plazo de seis meses a partir del  día siguiente al de la  publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado. (Hasta el 12 de mayo de 2015).

Fuente Dirección general de trabajo Cantabria

Blog de Empleo, Formación y Recursos Humanos en Cantabria, más infowww.santiagosaroortiz.com

@SantiSaroOrtiz

Deja un comentario